Esta iniciativa del Ministro de Justicia ha causado polémica debido a todas las implicaciones de derechos humanos sobre los cuerpos de las mujeres.

El proyecto de ley que buscará regular el “alquiler de vientres” en Colombia está listo para ser radicado en el Congreso de la República. Su fin principal sería disminuir el negocio clandestino que existe actualmente.

En el que mujeres de forma independiente, así como “agencias” negocian este tipo de servicio. Situación de salud pública que se ha hecho tan grande incluso causando que la vida de las mujeres se ponga en riesgo, debido a la falta de reglamentación que existe alrededor de este tema.

Debido a estas circunstancias la Corte Constitucional le indicó al Gobierno nacional que debía crear unas reglas claras que regulen el polémico procedimiento. En respuesta el ministro de Justicia, Néstor Osuna,desarrolló el proyecto para ser entregado al Congreso.

“El propósito es acabar con ese mercado negro y establecer una regulación detallada al ver que está permitido, pero que no es negocio”, expresó el ministro. Este proyecto está destinado para parejas que no pueden tener un hijo de forma natural y que no quieren conseguirlo mediante la alternativa de la adopción.

¿El respaldo por parte de la ley será una garantía para la protección de los derechos de las mujeres, o una aceptación del alquiler de vientres como negocio? 

De ser aprobado, el alquiler de vientres se llamaría “subrogación uterina para la gestación” y quienes contraten este servicio serán denominados como “comitentes”. Los ciudadanos que podrían acceder son personas solteras, las parejas conformadas por personas del mismo sexo y las parejas heterosexuales que han agotado las vías médicas para concebir.

La práctica iría precedida de un contrato formalizado por el Instituto de Bienestar Familiar (ICBF). “Antes del contrato, el Bienestar Familiar tendrá que ofrecerle a la mujer que quiere acceder a la gestación subrogada una información suficiente sobre todo lo que previsiblemente va a ocurrir, sus obligaciones, sus derechos, lo que derivaría del contrato. Después de celebrado el contrato, pero antes de la implantación del embrión, también el Bienestar Familiar revisaría las cláusulas de ese contrato para revisar, por ejemplo, que no hay ánimo de lucro, que sea entre personas hábiles para celebrar el contrato y si considera que hay alguna cláusula ilegal para declarar la nulidad, pero siempre antes de la implantación del embrión”. Afirmó el jefe de cartera.

Esta medida ha despertado varias opiniones encontradas, de aquellos que aseguran que es una vía para garantizar la protección tanto del bebé como de las mujeres, por el otro lado se encuentran aquellos que opinan que es una política en contra de las libertades y derechos de las mujeres, no combatiría el mercado clandestino existente actualmente.

Los encargados de la regulación aseguraron que prohibir la gestación subrogada no va a evitar que siga sucediendo, ni tampoco que este se convirtiera en la trata de menores de edad. “El propósito es acabar con ese mercado negro y establecer una regulación detallada al establecer que está permitido, pero que no es negocio”, señaló el jefe de la cartera de Justicia.